Suspensión por vulnerabilidad: guía para inquilinos España

Conservación y reparaciones (quién paga qué) 3 min de lectura · publicado 11 de septiembre de 2025

Si eres inquilino en España y atraviesas una situación de vulnerabilidad económica o social, puedes solicitar la suspensión de un desahucio o el mantenimiento de suministros básicos. Este artículo explica, paso a paso y con lenguaje claro, quién puede reclamar, qué documentos reunir, los plazos legales y cómo presentar la solicitud ante la comunidad autónoma o el juzgado. También aborda la relación con las obligaciones de conservación y reparaciones del propietario, y qué hacer si la comunicación con el arrendador no resuelve el problema. Encontrarás consejos prácticos para organizar pruebas, recursos oficiales y alternativas para buscar ayuda legal gratuita o asistencia social.

Qué es la suspensión por vulnerabilidad?

La suspensión por vulnerabilidad permite solicitar que se paralice temporalmente un desahucio o el corte de suministros cuando el inquilino acredita una situación de especial vulnerabilidad conforme a los criterios de servicios sociales y la normativa aplicable.[1] Esta medida busca evitar la pérdida inmediata de la vivienda mientras se tramitan ayudas o soluciones alternativas.

En muchos casos, la suspensión es una medida temporal mientras se gestionan ayudas sociales.

Cuándo se puede pedir

  • Pérdida significativa de ingresos por desempleo o reducción de jornada que impida hacer frente al alquiler.
  • Situación de enfermedad, dependencia o discapacidad que reduzca la capacidad económica o laboral.
  • Riesgo de exclusión social, violencia de género o situaciones que detonen vulnerabilidad extrema.
Documenta los cambios económicos con pruebas recientes.

Qué documentos reunir

  • Identificación (DNI/NIE) y empadronamiento actualizado.
  • Contrato de alquiler y recibos de pago (últimos meses).
  • Certificados de desempleo, nóminas, extractos bancarios o justificantes de prestaciones.
  • Informes médicos, dictámenes sociales o acreditaciones de dependencia cuando proceda.
Presenta copias y conserva los originales por si los solicitan en el trámite o en el juzgado.

Si el propietario no cumple con las obligaciones básicas de conservación o reparaciones puedes consultar pautas específicas en Conservación y reparaciones (quién paga qué). En muchos casos los servicios sociales municipales son el primer punto de contacto para tramitar ayudas y, si existe procedimiento judicial, la solicitud puede presentarse o acompañarse en el Juzgado de Primera Instancia correspondiente.[2]

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar la suspensión por vulnerabilidad?
Puede solicitarla cualquier inquilino que pueda acreditar una situación de vulnerabilidad económica o social mediante documentación y evaluación por los servicios sociales.
¿Qué plazos debo respetar?
Actúa cuanto antes: ante notificación de desahucio o corte, ponte en contacto con servicios sociales y, si procede, presenta la solicitud ante el juzgado conforme a los plazos procesales.
¿Necesito abogado para pedir la suspensión?
No siempre; puedes solicitar asistencia jurídica gratuita si cumples requisitos o pedir apoyo de los servicios sociales para acompañar la solicitud.

Cómo reclamar

  1. Contacta cuanto antes con los servicios sociales municipales para informar de tu situación y solicitar valoración.
  2. Recopila la documentación necesaria: identificación, contrato, recibos, certificados de desempleo e informes médicos si los tienes.
  3. Prepara y presenta la solicitud administrativa o el escrito en el juzgado acompañado de la documentación y un relato claro de los hechos.
  4. Cumple los plazos: presenta solicitudes y recursos dentro de los plazos indicados por los servicios sociales o por la sede judicial.
  5. Si hay audiencia o vista, acude con copias y, si tienes, con el soporte de asistencia jurídica gratuita o representación.

Puntos clave

  • Actúa rápido ante una notificación de desahucio o corte de suministros.
  • Guarda y ordena todas las pruebas económicas y comunicaciones con el arrendador.
  • Busca ayuda en servicios sociales y consulta la posibilidad de asistencia jurídica gratuita.

Ayuda y recursos


  1. [1] BOE: Ley 29/1994, de Arrendamientos Urbanos
  2. [2] Ministerio de Justicia: trámites y procedimientos
Bob Jones
Bob Jones

Editor e investigador, Tenant Rights Spain

Bob redacta y revisa contenido sobre derecho de alquiler para distintas regiones. Le apasiona la justicia habitacional y simplificar las protecciones legales para los inquilinos en todas partes.