Reclamar reparaciones y demandas de inquilinos en España

Conservación y reparaciones (quién paga qué) 3 min de lectura · publicado 11 de septiembre de 2025

Si eres inquilino en España y tienes problemas con reparaciones, condiciones de habitabilidad o falta de respuesta del arrendador, es útil conocer qué opciones tienes antes de presentar una demanda judicial. Este artículo explica paso a paso cómo reclamar arreglos, cuándo corresponde pagar las reparaciones según la Ley de Arrendamientos Urbanos, qué documentación reunir y qué alternativas existen al juicio, como la mediación o las reclamaciones administrativas. Usaremos un lenguaje sencillo para que entiendas tus derechos, plazos y documentos básicos, y para que sepas cuándo es razonable exigir soluciones formales o buscar asesoramiento legal. Evitar retrasos y documentar todo aumenta tus opciones de resolver el problema sin llegar a un proceso largo.

Qué puedes reclamar y quién paga

Puedes reclamar reparaciones que afecten a la habitabilidad (agua, calefacción, humedades graves, saneamiento) y que no sean consecuencia de un uso indebido. La Ley de Arrendamientos Urbanos regula responsabilidades básicas sobre conservación y reparación.[1] En general, el arrendador debe mantener la vivienda en condiciones de uso, salvo que el contrato pacte otras obligaciones específicas.

En muchos casos, las reparaciones de habitabilidad corresponden al arrendador.
  • Reparaciones urgentes que afectan a la salubridad o seguridad (ej. fugas, cortes de agua).
  • Fallos de instalaciones básicas (calefacción, tuberías, saneamiento) que impiden el uso normal.
  • Pequeñas reparaciones por desgaste que, según el contrato, pueden corresponder al inquilino.

Plazos y notificaciones

Antes de demandar, notifica por escrito al arrendador describiendo la avería y solicitando reparación en un plazo razonable. Conserva copia de la notificación y del acuse de recibo; son pruebas clave si hay litigio.

Responder a una notificación formal suele acelerar la solución y mejora tu posición si hay disputa.
  • Envía un burofax o correo certificado con acuse de recibo describiendo el problema.
  • Concede un plazo razonable para la reparación (por ejemplo 7–15 días según la urgencia).
  • Si no hay respuesta, intenta mediación o atención de consumo antes de acudir a la vía judicial.

Prueba y documentación

Reunir pruebas aumenta tus opciones: fotos, vídeos, presupuestos de reparación, recibos y comunicaciones con el arrendador. Lleva un registro cronológico de llamadas y visitas.

Una carpeta con fotos fechadas y presupuestos suele convencer al juez más que descripciones vagas.
  • Fotografías o vídeos que muestren la avería y su evolución.
  • Presupuestos o facturas de empresas de reparación si tuviste que pagar por urgencia.
  • Copias de contratos, comunicaciones y acuses de recibo.

Alternativas a la demanda judicial

Valora medios extrajudiciales antes de litigar: mediación, reclamaciones en consumo o requerimientos notariales pueden resolver el problema sin costes procesales elevados.

La mediación puede ahorrar tiempo y costes frente a un proceso en el Juzgado.
  • Solicitar mediación o acuerdo directo con el arrendador.
  • Presentar una reclamación en consumo o en un servicio de arbitraje si existe competencia.
  • Si procede, presentar demanda en el Juzgado de Primera Instancia (desahucio o reclamación de cantidad).

Preguntas frecuentes

¿Quién paga las reparaciones necesarias en la vivienda?
Normalmente el arrendador debe hacerse cargo de las reparaciones que garanticen la habitabilidad, salvo pacto en contrario o cuando el daño provenga del inquilino.
¿Cuánto tarda un procedimiento de desahucio?
Los plazos varían según el juzgado y la complejidad; puede durar desde semanas hasta varios meses. La notificación y las alegaciones pueden alargar el proceso.[2]
Si el arrendador no responde, ¿puedo pagar y descontarlo del alquiler?
Antes de descontar cantidades del alquiler conviene obtener asesoramiento; pagar y descontar sin acuerdo puede generar conflicto y riesgos legales.

Cómo reclamar paso a paso

  1. Reúne documentación: fotos, contratos, presupuestos y comunicaciones.
  2. Notifica al arrendador por escrito (burofax o certificado) describiendo la avería y solicitando reparación.
  3. Concede un plazo razonable para la actuación y guarda pruebas de la falta de respuesta.
  4. Busca alternativas: mediación o reclamación en consumo para intentar solución extrajudicial.
  5. Si no hay acuerdo, presenta demanda en el Juzgado de Primera Instancia con toda la documentación.

Puntos clave

  • Documenta siempre la avería con fotos y comunicaciones datadas.
  • Actúa con plazos razonables y notifica por escrito antes de litigar.
  • Valora la mediación y reclamaciones administrativas antes de acudir a juicio.

Ayuda y recursos


  1. [1] BOE: Texto consolidado de la Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos
  2. [2] Ministerio de Justicia: Información sobre procedimientos civiles y desahucios
  3. [3] Poder Judicial: Información y recursos para ciudadanos
Bob Jones
Bob Jones

Editor e investigador, Tenant Rights Spain

Bob redacta y revisa contenido sobre derecho de alquiler para distintas regiones. Le apasiona la justicia habitacional y simplificar las protecciones legales para los inquilinos en todas partes.