Reparaciones y conservación: derechos del inquilino en España
¿Quién paga las reparaciones?
La Ley de Arrendamientos Urbanos establece obligaciones básicas de conservación que suelen corresponder al propietario, especialmente en asuntos estructurales y de habitabilidad.[1] En general, las averías que afectan a la seguridad, la calefacción, el suministro de agua o la estructura deben ser asumidas por el arrendador, mientras que las pequeñas reparaciones derivadas del uso ordinario suelen ser responsabilidad del inquilino.
- Reparaciones mayores: estructura, instalación eléctrica grave, fontanería principal.
- Habitabilidad: calefacción, agua caliente y ausencia de humedades que impidan el uso.
- Depósitos y fianzas: retenciones por daños demostrables tras el inventario.
- Pequeñas reparaciones: juntas, bombillas, arreglos menores por uso diario.
Plazos y notificación
Cuando detectes un problema, comunícalo por escrito al arrendador con detalle de fecha, descripción y fotos. Dar un plazo razonable para la reparación ayuda a evitar conflictos y a preparar un posible procedimiento en el juzgado si no hay respuesta.
- Envía un aviso por escrito describiendo la avería y la fecha en que se detectó.
- Adjunta fotos y cualquier documento que pruebe el daño o el riesgo para la vivienda.
- Indica un plazo razonable para la reparación; documenta que has dado tiempo al propietario para actuar.
Cómo documentar y reclamar
La documentación es clave: guarda mensajes, correos, fotos con fecha y recibos de gastos si tuviste que pagar para evitar un daño mayor. Si el arrendador no actúa, puedes reclamar por escrito y, si procede, acudir a la vía judicial o a mediación.
- Fotografías con fecha y copia de los avisos enviados.
- Presupuestos o facturas si pagaste reparaciones urgentes para evitar daños mayores.
- Conserva nombres y datos de contacto de técnicos o testigos que puedan declarar.
Preguntas frecuentes
- ¿Quién paga las reparaciones estructurales?
- Normalmente las paga el propietario; las obligaciones de conservación recaen sobre el arrendador salvo pacto en contrario.[1]
- Si el arrendador no repara, ¿puedo pagar yo y descontarlo del alquiler?
- Sólo en casos muy concretos y tras avisar y dar plazo; es recomendable consultar antes y conservar facturas y comunicaciones.
- ¿Qué vía debo usar para reclamar formalmente?
- Puedes iniciar una reclamación extrajudicial, mediación o acudir al Juzgado de Primera Instancia para reclamar cumplimiento o indemnización.[2]
Cómo hacerlo
- Documenta el problema con fotos, fecha y descripción detallada.
- Envía un requerimiento por escrito al arrendador solicitando la reparación.
- Otorga un plazo razonable y guarda prueba de que se ha notificado.
- Si no hay respuesta, solicita mediación o acude al Juzgado de Primera Instancia según proceda.[2]
Puntos clave
- El propietario suele responder de la habitabilidad y reparaciones mayores.
- Documenta todo: fotos, comunicaciones y facturas.
- Comunica por escrito y da un plazo antes de iniciar acciones judiciales.
Ayuda y Recursos
- BOE - Texto consolidado de la LAU
- Formularios y trámites (mjusticia.gob.es)
- Procedimiento de desahucio y órganos judiciales