Gastos de comunidad repercutibles para inquilinos en España
¿Qué gastos de comunidad son repercutibles?
La norma básica sobre arrendamientos y reparto de gastos recoge qué conceptos pueden imputarse al arrendatario en contratos de vivienda en España.[1] En general, son repercutibles los gastos ordinarios aprobados por la comunidad y los servicios comunes que se prestan al piso.
- Gastos ordinarios de mantenimiento y limpieza de zonas comunes.
- Cuotas comunitarias periódicas aprobadas en junta.
- Servicios comunes como ascensor, portería o iluminación.
- Gastos de suministros comunitarios prorrateados entre propietarios.
¿Qué gastos no suelen ser repercutibles?
No suelen repercutirse los gastos extraordinarios de obra que mejoran la finca, ni impuestos personales del propietario salvo pacto expreso. En dudas sobre interpretación del contrato se aplica el Código Civil.[2]
- Obras extraordinarias de rehabilitación o mejora.
- Multas y sanciones al propietario por incumplimientos propios.
- Gastos claramente asociados a la propiedad y no al uso.
Cómo se calculan y quién paga
El reparto suele hacerse por coeficiente de propiedad aprobado en la comunidad; el contrato puede pactar otra fórmula. El IBI y la tasa de basura suelen ser obligación del propietario salvo convenio expreso en el contrato de alquiler.[1] Si te cobran un concepto que no conoces, pide el desglose y las actas de la comunidad.
- Pide siempre el recibo o factura detallada.
- Conserva actas de la junta que aprueban las cuotas.
- Solicita el coeficiente de participación para verificar el prorrateo.
Si consideras que un cobro es indebido, primero reclama por escrito al arrendador o a la comunidad y reúne pruebas. Si no hay respuesta, puedes presentar una reclamación ante la vía judicial o un procedimiento de reclamación de cantidad en el Juzgado de Primera Instancia; para trámites y formularios consulta los recursos oficiales.[3]
Preguntas frecuentes
- ¿Puede el arrendador cobrarme las cuotas de la comunidad?
- Depende de lo pactado en el contrato; sin pacto expreso, las cuotas ordinarias pueden repercutirse si así lo establece el contrato o la normativa aplicable.[1]
- ¿Quién paga el IBI?
- Por norma el IBI corresponde al propietario, salvo que el contrato acuerde expresamente lo contrario.[2]
- ¿Qué hago si no estoy de acuerdo con un cobro?
- Pide documentación, reclama por escrito y, si es necesario, presenta demanda en el Juzgado de Primera Instancia o busca asistencia judicial gratuita si cumples requisitos.[3]
Cómo hacerlo
- Reúne contratos, actas de la comunidad y recibos.
- Envía un requerimiento por escrito al arrendador o administrador.
- Si no hay solución, presenta reclamación en el Juzgado de Primera Instancia.
- Solicita ayuda legal o asesoría de servicios públicos si necesitas apoyo.
Puntos clave
- Guarda toda la documentación relacionada con los gastos.
- Revisa tu contrato y las actas de la comunidad antes de pagar conceptos nuevos.
- Actúa por escrito y dentro de los plazos para preservar derechos.
Ayuda y Recursos
- Texto consolidado de la LAU y normativa aplicable
- Texto consolidado del Código Civil
- Trámites y formularios del Ministerio de Justicia