Repercusión de gastos de comunidad al inquilino en España
Qué gastos pueden repercutirse
No existe una respuesta única: la regla general es que solo son repercutibles al inquilino los gastos que estén expresamente pactados en el contrato y que no contravengan la ley. En la práctica, suelen aparecer estos conceptos:
- Gastos de comunidad ordinarios (limpieza, luz de zonas comunes, ascensor).
- Cuotas extraordinarias aprobadas por la comunidad (solo si el contrato o acuerdo lo prevé).
- Servicios y suministros individuales contratados a nombre del inquilino.
- IBI y tasas municipales solo si el contrato lo atribuye y no lo prohíbe la normativa aplicable.
Qué gastos no suelen repercutirse
Hay conceptos que, por norma general o por interpretación judicial, corresponden al propietario: obras de conservación estructural, reparaciones necesarias para la habitabilidad no originadas por el inquilino y cargos que la ley fija como de naturaleza del arrendador.
Plazos y forma de cobro
Si el propietario pretende cobrar gastos al inquilino debe hacerlo con claridad y, preferentemente, mediante recibo o factura que justifique el importe. Para reclamar cantidades indebidas hay plazos y trámites: conviene reclamar por escrito antes de acudir a la vía judicial.
Cómo reclamar si te cobran indebidamente
Si crees que te están cobrando gastos indebidamente, sigue un procedimiento escalonado: comunicación formal con el propietario, mediación o reclamación en el Juzgado de Primera Instancia si no hay acuerdo. La documentación y el detalle de las cantidades son clave.
- Enviar reclamación escrita y conservar copia.
- Reunir contrato, recibos y comunicaciones como prueba.
- Solicitar mediación o asesoramiento antes de litigar.
Preguntas frecuentes
- ¿Puede el propietario cobrar los gastos de comunidad al inquilino?
- Solo si el contrato lo establece y la ley no lo prohíbe; además debe existir justificante de los importes cobrados.
- ¿Quién paga las reparaciones por avería general?
- Las reparaciones necesarias para la habitabilidad suelen ser responsabilidad del propietario, salvo pacto en contrario y siempre dentro de los límites legales.
- ¿Qué hacer si me llega una factura que no reconozco?
- Solicita al propietario detalle y justificantes por escrito; si no responden, presenta reclamación y conserva todas las pruebas.
Cómo hacerlo
- Reúne el contrato, recibos y comunicaciones sobre los gastos.
- Envía una reclamación escrita al propietario solicitando justificantes.
- Si no hay resolución, solicita mediación o asesoramiento gratuito (consumo o abogados).
- Como último recurso, presenta demanda en el Juzgado de Primera Instancia con la documentación.
Ayuda y Recursos
- Ley 29/1994, de Arrendamientos Urbanos - BOE
- Ministerio de Justicia - Trámites y procedimientos
- Poder Judicial - Información sobre juzgados