Reparaciones y conservación para inquilinos en España
Como inquilino en España puedes enfrentar dudas sobre quién debe pagar reparaciones pequeñas o grandes, plazos para solicitar arreglos y cómo documentar los problemas para reclamar al arrendador o, si es necesario, acudir al juzgado. Esta guía explica de forma clara y práctica qué cubre la Ley de Arrendamientos Urbanos y el Código Civil, qué responsabilidades suelen corresponder al propietario o al arrendatario, y qué pasos seguir si el arreglo no se realiza. Incluye ejemplos comunes, plazos recomendados y recursos oficiales para presentar una reclamación o asesorarte. La intención es ayudarte a tomar decisiones informadas, conservar pruebas y proteger tu vivienda en España.
¿Quién paga las reparaciones?
En general, la normativa y la jurisprudencia distinguen entre reparaciones necesarias para mantener la habitabilidad y pequeñas reparaciones por desgaste. Las reparaciones que afectan a la estructura, instalaciones básicas o la seguridad suelen ser responsabilidad del arrendador, mientras que las pequeñas reparaciones por uso corriente pueden corresponder al inquilino. Para asuntos complejos existe la posibilidad de acudir al Juzgado de Primera Instancia o consultar la Ley de Arrendamientos Urbanos para precisar obligaciones y plazos [1].
Responsabilidades habituales del arrendador
- Techo, estructura y elementos que afectan a la seguridad.
- Sistemas de agua y calefacción (heating, water) que garanticen el suministro.
- Instalaciones eléctricas y fontanería que comprometan la habitabilidad (repair).
- Humedades o problemas estructurales derivados de la conservación del edificio.
Reparaciones que puede pagar el inquilino
- Pequeñas reparaciones por desgaste, como bombillas o grifos menores.
- Sustitución de elementos de uso habitual con coste reducido.
- Reparaciones urgentes menores si el arrendador no responde y existe riesgo para la vivienda.
Cómo reclamar reparaciones
Si detectas un problema, sigue estos pasos: notifica por escrito al arrendador, conserva pruebas (fotos, mensajes, presupuestos) y marca plazos razonables para la actuación. Si el arrendador no atiende la reclamación puedes solicitar medidas por la vía judicial o administrativa. Antes de iniciar un procedimiento, revisa el contrato y la LAU para ver cláusulas sobre obligaciones y cuantías [1]. Si se trata de un desahucio por impago o conflicto grave, la vía es el procedimiento civil correspondiente en el juzgado [2].
Preguntas frecuentes
- ¿Quién debe pagar las reparaciones estructurales?
- Normalmente el arrendador, porque afectan a la seguridad y la habitabilidad; documenta el problema y comunícalo por escrito.
- ¿Puedo retener la renta si el arreglo no se hace?
- Retener la renta sin acuerdo o resolución judicial puede ser arriesgado; es mejor reclamar por escrito y, si es necesario, acudir a la vía judicial para solicitar medidas.
- ¿Qué plazos hay para reclamar?
- No hay un plazo único: actúa con diligencia, notifica rápidamente y consulta la LAU o asesoría legal para plazos concretos según el caso.
Cómo hacerlo
- Notificar al arrendador por escrito detallando la avería y la fecha (notice).
- Documentar daños con fotos, presupuestos y recibos (record).
- Buscar diálogo y solicitar reparación en un plazo razonable; guarda respuesta y conversaciones (contact).
- Si no hay respuesta, consultar al Juzgado de Primera Instancia o asesoría y presentar demanda si procede (court).
- Cumplir plazos procesales y aportar toda la documentación durante el procedimiento (time).
Ayuda y recursos
- BOE - Texto consolidado de la Ley de Arrendamientos Urbanos
- Ministerio de Justicia - Información sobre procesos civiles
- Poder Judicial - Recursos y orientación judicial