Reclamar en la OMIC: Guía para inquilinos en España

Reclamaciones, consumo y mediación (OMIC/Juntas) 3 min de lectura · publicado 11 de septiembre de 2025

¿Qué es la OMIC y cuándo usarla?

La Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) es un servicio público local para resolver conflictos entre consumidores y empresas o profesionales. Si eres inquilino y tienes disputas sobre el alquiler, defectos de habitabilidad, cobros no justificables o problemas con fianzas, la OMIC puede orientar, mediar y recibir tu reclamación antes de acudir a un procedimiento judicial. La OMIC no sustituye a un abogado, pero es un buen primer paso para intentar una solución rápida y gratuita en tu municipio.

Guarda siempre los recibos y fotos que prueben el problema antes de presentar la reclamación.

¿Qué puedes reclamar y qué pruebas necesitas?

Como arrendatario puedes reclamar por incumplimiento de la obligación de conservación, servicios no prestados, subidas de renta no acordadas o retenciones indebidas de la fianza. Reúne copia del contrato de alquiler, recibos de pago, comunicaciones por escrito con el arrendador, fotos o vídeos del problema y presupuestos o facturas de reparaciones si las hubieras pagado.

  • Documentos: contrato, recibos, comunicaciones y fotos que prueben el defecto o el cobro indebido.
  • Formulario o escrito: redacta un escrito claro exponiendo hechos, fechas y la solución que solicitas (devolución, reparación, descuento, etc.).
  • Importes: indica cantidades, fechas de pago y adjunta recibos o extractos bancarios si reclamas dinero.

Cómo presentar la reclamación en la OMIC

Contacta con la OMIC de tu Ayuntamiento para pedir cita o informarte sobre los canales de presentación: presencial, por correo o, en algunos municipios, por vía telemática. En la solicitud debes incluir tus datos, los del arrendador, hechos, la petición concreta y la documentación adjunta. La OMIC puede intentar una mediación entre las partes o emitir un informe/hoja de reclamación que facilite la resolución.

Respeta los plazos para presentar la reclamación y responde a las solicitudes de información de la OMIC.

Mediación y alternativas

La mediación municipal es un procedimiento voluntario que busca un acuerdo entre inquilino y arrendador. Si no hay acuerdo, la OMIC puede emitir un informe orientativo; para reclamaciones sobre contratos de arrendamiento urbanos, la vía judicial ante el Juzgado de Primera Instancia es la alternativa cuando la mediación fracasa o cuando la cuantía o la materia lo requieren[1].

Cuándo pasar a la vía judicial

Si la mediación no resuelve el conflicto o existen incumplimientos graves (desahucio improcedente, grandes daños, retención de fianza injustificada), puedes presentar demanda ante el juzgado. Para asuntos de arrendamientos urbanos se aplican normas del Código Civil y la Ley de Arrendamientos Urbanos; en procesos de desahucio se usan los trámites de la Ley de Enjuiciamiento Civil y el órgano competente suele ser el Juzgado de Primera Instancia en tu partido judicial[2].

Documentar cronológicamente contactos y acciones mejora la solvencia de tu reclamación en la OMIC y en juicio.

Preguntas frecuentes

¿Qué puede hacer la OMIC por mí?
La OMIC puede orientar, recibir tu reclamación, mediar con el arrendador y emitir informes que faciliten la resolución extrajudicial.
¿La OMIC impone multas al arrendador?
No. La OMIC no sanciona; si hay infracción administrativa derivada de la reclamación, remitirá el caso al órgano competente o facilitará información para procedimientos posteriores.
Si no se llega a un acuerdo, ¿qué opciones tengo?
Puedes acudir al Juzgado de Primera Instancia para demandar por incumplimiento contractual, reclamar cantidades o solicitar medidas de mantenimiento y reparación.

Cómo hacerlo

  1. Reunir documentos: contrato de alquiler, recibos, fotos, comunicaciones y cualquier prueba que sustente la reclamación.
  2. Redactar un escrito o formulario: describe hechos, fechas, la petición y adjunta documentos.
  3. Contactar con la OMIC: solicita cita o informa del canal de entrega en tu Ayuntamiento.
  4. Esperar resolución o mediación: atiende plazos y aporta información adicional si te la piden.
  5. Si procede, acudir a la vía judicial: presenta demanda en el Juzgado de Primera Instancia correspondiente.

Conclusión y consejos prácticos

Mantén un archivo con contrato, recibos, fotos y comunicaciones; presenta la reclamación en la OMIC con claridad y solicita mediación si está disponible. Si no se alcanza acuerdo, conserva toda la documentación para la vía judicial. La OMIC es una herramienta útil y gratuita antes de litigar.

Ayuda y recursos


  1. [1] BOE - Texto consolidado Ley de Arrendamientos Urbanos
  2. [2] Ministerio de Justicia - Orientación jurídica y servicios
Bob Jones
Bob Jones

Editor e investigador, Tenant Rights Spain

Bob redacta y revisa contenido sobre derecho de alquiler para distintas regiones. Le apasiona la justicia habitacional y simplificar las protecciones legales para los inquilinos en todas partes.