Qué pasa si un inquilino no liquida el ITP en España

Registro del contrato e impuestos (RLI, ITP) 3 min de lectura · publicado 11 de septiembre de 2025

Si eres inquilino en España y el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) del contrato de alquiler no se liquida, puedes enfrentarte a problemas administrativos y económicos. Esta guía explica, en un lenguaje claro, qué significa no presentar o pagar el ITP, quién tiene la obligación de liquidarlo, qué sanciones o intereses pueden exigirse y qué plazos conviene respetar para evitar complicaciones. También detalla pasos prácticos para regularizar la situación ante la administración y qué documentos aportar si necesitas defenderte ante un juzgado. El objetivo es ayudar a inquilinos a entender sus derechos y obligaciones y ofrecer soluciones concretas para corregir errores sin perder tiempo ni recursos.

¿Qué es el ITP y quién debe pagarlo?

El ITP es un impuesto autonómico que grava determinadas transmisiones y actos jurídicos, entre ellos algunos contratos relacionados con la vivienda. En contratos de arrendamiento, la norma aplicable y cualquier pacto entre partes determinan la persona obligada a presentar y pagar la autoliquidación; conviene revisar la normativa y el contrato para saber si la obligación corresponde al arrendatario o al arrendador.[1]

Consecuencias de no liquidar el ITP

No presentar o pagar la autoliquidación puede generar distintas consecuencias administrativas y prácticas para quien vive en la vivienda.

  • Multas e intereses administrativos que aumentan la deuda si se detecta la falta de pago.
  • Procedimientos administrativos o judiciales por parte de la administración tributaria o, en casos relacionados, por el arrendador.
  • Dificultades para inscribir o formalizar trámites relacionados con el contrato ante organismos oficiales.
  • Problemas para aportar pruebas sobre pagos y regularidad del contrato ante terceros o en juicio.
Responde rápido a las notificaciones para reducir sanciones.

Cómo regularizar el impuesto

Si detectas que no se liquidó el ITP, actúa con rapidez para minimizar costes y riesgos legales.

  • Presentar la autoliquidación o declaración correspondiente en la comunidad autónoma competente tan pronto como sea posible.
  • Pagar la cuota y atender intereses y recargos que se hayan generado por la demora.
  • Conservar justificantes, recibos y cualquier comunicación administrativa que permita acreditar la regularización.
  • Consultar con un asesor fiscal o con los servicios de atención de la administración si hay dudas sobre plazos o formularios.
La documentación completa facilita la corrección y reduce riesgos legales.

Preguntas frecuentes

¿Puede el arrendador obligarme a pagar el ITP?
Depende del pacto entre las partes y de la normativa aplicable; en algunos contratos se pacta que el inquilino asuma ciertos gastos, pero la obligación tributaria debe revisarse según la ley y la práctica administrativa.[1]
¿Qué plazos hay para regularizar la situación?
Los plazos varían según la comunidad autónoma y el procedimiento; ante una notificación administrativa hay plazos para presentar alegaciones o pagar antes de que crezcan los recargos.[2]
¿Qué documentos debo guardar?
Guarda el contrato, recibos de pago, justificantes de la autoliquidación y cualquier comunicación con la administración o con el arrendador; estos documentos son clave si hay una disputa.[3]

Cómo hacerlo

  1. Verifica el plazo aplicable en tu comunidad autónoma y si existe una obligación pendiente.
  2. Rellena y presenta el modelo de autoliquidación o declaración que corresponda en el órgano tributario autonómico.
  3. Realiza el pago incluyendo intereses y recargos si procede y guarda el justificante.
  4. Conserva toda la documentación y, si procede, notifica al arrendador o solicita asesoramiento profesional.

Ayuda y recursos

  • Consulta el texto consolidado de la Ley de Arrendamientos Urbanos y formularios en BOE.
  • Accede a recursos y textos civiles relevantes en BOE sobre obligaciones contractuales.
  • Servicios de información y atención ciudadana del Ministerio de Justicia para dudas procesales.

  1. [1] BOE - Texto consolidado Ley 29/1994, Arrendamientos Urbanos
  2. [2] Ministerio de Justicia - Información y servicios al ciudadano
  3. [3] BOE - Código Civil (texto consolidado)
Bob Jones
Bob Jones

Editor e investigador, Tenant Rights Spain

Bob redacta y revisa contenido sobre derecho de alquiler para distintas regiones. Le apasiona la justicia habitacional y simplificar las protecciones legales para los inquilinos en todas partes.