Inquilinos en España: quién paga las pruebas
Como inquilino en España, puede que necesites presentar pruebas como fotografías, informes periciales o un burofax para reclamar reparaciones, demostrar desperfectos o responder a un requerimiento del casero. Esta guía explica quién suele pagar cada tipo de prueba, qué requisitos formales hay bajo la Ley de Arrendamientos Urbanos y el Código Civil, y cómo reunir documentación segura y admisible en un juzgado civil. Encontrarás pasos prácticos para solicitar peritajes, conservar fotos con metadatos, enviar burofax con acuse de recibo, y evitar costes innecesarios. Si tienes dudas, conserva todo y busca orientación en servicios de defensa del inquilino o en los tribunales.
¿Qué pruebas puede usar un inquilino?
Las pruebas más habituales en disputas de alquiler son variadas; conviene saber qué aporta cada una y cómo documentarla.
- Fotografías con fecha y descripción que muestren el daño o defecto.
- Informes periciales técnicos que describen causas y coste de reparación.
- Burofax con acuse de recibo o certificación como prueba de notificación.
- Mensajes, correos electrónicos y recibos que acrediten comunicaciones y pagos.
¿Quién paga cada prueba?
En general, el inquilino suele asumir el coste de pruebas sencillas como fotos y el envío de un burofax; el peritaje técnico normalmente lo encarga y paga quien lo solicita, aunque el juez puede ordenar la distribución de costes según el resultado del proceso [1].
Fotos
Las fotografías tomadas por el inquilino aportan contexto inmediato y suelen ser gratuitas, salvo el coste de almacenamiento o servicios de certificación. Guárdelas en formato original y anote fecha y lugar en un documento acompañante.
Peritajes
Un peritaje técnico tiene coste y aporta un informe profesional. Si usted encarga el peritaje lo pagará inicialmente, pero en un juicio el juez puede condenar en costas o reconocer la devolución si considera que la prueba era necesaria. Antes de contratar, pida presupuesto y que el informe incluya firma y referencia técnica.
- Solicite presupuesto escrito al perito.
- Asegure que el informe contiene fecha y firma profesional.
- Conserve factura y recibo del pago.
Burofax
El burofax acredita envío y fecha; el coste lo soporta quien lo envía, pero puede reclamarse si se prueba que era necesario para defender un derecho. Use burofax con acuse y guarde el justificante para aportar como prueba.
Plazos y trámites
Si la disputa llega a vías judiciales, los plazos y las formas de presentación están regulados por la Ley de Enjuiciamiento Civil y procedimientos civiles ante el Juzgado de Primera Instancia; consulte la normativa consolidada para plazos concretos y formularios [2][3].
Preguntas frecuentes
- ¿Puedo reclamar el coste de un peritaje?
- Depende: si el juez considera que era necesario o el contrato lo prevé, puede imponerse la devolución; aporte recibos y el informe profesional.
- ¿Sirven las fotos hechas con el móvil?
- Sí, si se conservan originales, metadatos y contexto, y se explica cómo y cuándo se tomaron.
- ¿Tiene valor un burofax?
- Sí, el burofax con acuse certifica fecha y envío y suele ser prueba válida de notificación.
Cómo hacerlo
- Reunir fotos y documentos ordenados con fecha y descripción.
- Enviar burofax con acuse y conservar el justificante original.
- Pedir peritaje técnico si el daño requiere valoración especializada y guardar el informe.
- Presentar las pruebas en la reclamación judicial o administrativa y conservar copias.
Puntos clave
- Mantener documentación organizada y original es esencial para cualquier reclamación.
- El coste inicial lo asume quien encarga la prueba, pero puede reclamarse en juicio según el resultado.
- Consulte recursos oficiales o servicios de defensa del inquilino antes de iniciar trámites.
Ayuda y recursos
- BOE - Texto consolidado Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos
- Ministerio de Justicia - Información y trámites judiciales
- Poder Judicial - Información sobre órganos judiciales