Fianza en contratos con varios inquilinos en España

Fianza legal y depósito autonómico 3 min de lectura · publicado 11 de septiembre de 2025

Si compartes un contrato con varios inquilinos en España y hay dudas sobre la fianza, es esencial saber quién responde, cómo se reparte y qué plazos rigen para su devolución. Muchos inquilinos confunden la fianza con un pago individual cuando legalmente puede ser conjunta; también surgen dudas sobre retenciones por daños, inventarios y reclamaciones judiciales. Esta guía explica de manera clara y práctica los derechos y pasos para reclamar la fianza, qué documentación conservar y cuándo acudir al juzgado si el arrendador no cumple. Está pensada para inquilinos sin formación jurídica y ofrece acciones concretas que puedes seguir hoy mismo para proteger tu depósito y tus intereses.

Quién responde de la fianza

En muchos contratos firmados por varios inquilinos la obligación de la fianza es solidaria, lo que significa que el arrendador puede reclamar la devolución total a cualquiera de los firmantes. Si el contrato no especifica reparto, todos responden por igual frente al arrendador. Consulta la normativa aplicable para confirmar límites y condiciones.[1]

La fianza sirve para garantizar el cumplimiento del contrato y puede cubrir daños o rentas impagadas.

Devolución y reparto entre inquilinos

Al finalizar el contrato, el arrendador debe devolver la fianza en el plazo pactado o, si no se pactó, dentro de los plazos que establece la legislación aplicable. Si varios inquilinos reclaman, conviene acordar el reparto por escrito o conservar correspondencia y recibos que prueben aportaciones individuales.

  • Negociar un acuerdo escrito sobre el reparto de la fianza antes de que el arrendador la entregue.
  • Guardar recibos y justificantes de quién aportó qué cantidad al depósito.
  • Realizar un inventario y fotos del estado al entregar las llaves para evitar retenciones por daños injustificadas.
Documentar el estado del inmueble facilita pruebas si hay disputa sobre retenciones.

Retenciones por daños y reparaciones

El arrendador puede descontar de la fianza importes razonables para reparar daños imputables a los inquilinos. Para ello debe justificar el coste con presupuestos o facturas. Si varios inquilinos discuten la cuantía, conviene solicitar un desglose por escrito y conservar copias.

  • Solicitar presupuestos o facturas que justifiquen cualquier deducción de la fianza.
  • Reclamar por escrito la devolución completa y pedir explicación detallada de deducciones.
  • Respetar los plazos legales para presentar reclamaciones antes de acudir al juzgado.
Responder a notificaciones y plazos evita perder derechos por inactividad.

Si el arrendador no devuelve la fianza

Primero intenta una reclamación extrajudicial: burofax o correo certificado con acuse de recibo y copia del inventario y recibos. Si no hay respuesta, la vía judicial es el Juzgado de Primera Instancia mediante demanda de reclamación de cantidad o procedimiento de desahucio cuando proceda.[2]

Documentación útil

  • Contrato de arrendamiento y recibos de pago de fianza.
  • Inventario fotográfico del inmueble y fecha de entrega de llaves.
  • Comunicación escrita al arrendador (burofax, email con acuse) reclamando la fianza.
Conserva todas las pruebas al menos hasta resolver la devolución de la fianza.

Preguntas frecuentes

¿Pueden retener toda la fianza si hay varios inquilinos?
El arrendador puede reclamar la totalidad si existe responsabilidad solidaria; luego los inquilinos pueden reclamar internamente el reparto según aportaciones y acuerdos.
¿Qué plazo tiene el arrendador para devolver la fianza?
El plazo depende de la normativa autonómica y del contrato; es importante revisar el contrato y, si procede, la normativa estatal y autonómica aplicable.
¿Qué hacer si no estoy de acuerdo con las deducciones?
Solicita justificantes por escrito y, si no hay acuerdo, presenta una reclamación judicial por la cuantía retenida.

Cómo hacerlo

  1. Enviar una reclamación por escrito al arrendador solicitando la devolución y pidiendo desglose de deducciones.
  2. Adjuntar pruebas: contrato, recibos, fotos del inventario y comunicaciones previas.
  3. Intentar mediación entre inquilinos para acordar reparto y evitar acciones judiciales.
  4. Si no hay respuesta, enviar un burofax o carta certificada con acuse reclamando la fianza.
  5. Presentar demanda en el Juzgado de Primera Instancia si persiste la negativa y aportar todas las pruebas.
  6. Si ganas, solicitar ejecución de la sentencia para cobrar la cantidad reconocida.

Puntos clave

  • Documenta estado y pagos desde la entrega de llaves para proteger tus derechos.
  • Intenta siempre una reclamación por escrito antes de acudir al juzgado.
  • La vía judicial es efectiva pero requiere pruebas y plazos concretos.

Ayuda y recursos


  1. [1] BOE - Ley 29/1994, de Arrendamientos Urbanos (texto consolidado)
  2. [2] Ministerio de Justicia - Información general sobre procedimientos civiles
Bob Jones
Bob Jones

Editor e investigador, Tenant Rights Spain

Bob redacta y revisa contenido sobre derecho de alquiler para distintas regiones. Le apasiona la justicia habitacional y simplificar las protecciones legales para los inquilinos en todas partes.